¿Qué es y cómo funciona el RESICO?
El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) es un esquema fiscal creado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) que ofrece a los contribuyentes una simplificación administrativa para el pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR); el objetivo es que puedan realizarlo de forma sencilla, rápida y eficaz.
En este régimen (que entró en vigor el 1 de enero de 2022) hay una reducción de la tasa de ISR para que las personas, físicas o morales, que tengan menores ingresos paguen proporcionalmente menos.
Las personas físicas que deseen apegarse a este esquema deben percibir ingresos anuales menores a 3.5 millones de pesos (mdp) facturados conforme a uno de los cuatro regímenes fiscales autorizados para este fin:
Actividades empresariales y profesionales.
Régimen de Incorporación Fiscal.
Uso o goce de bienes inmuebles (arrendamiento).
Actividades Agrícolas, Ganaderas, Pesqueras o Silvícolas.
Por otra parte, las personas morales que pueden inscribirse a este régimen son aquellas que están constituidas únicamente por personas físicas no asociadas con otras personas morales, con ingresos anuales que no excedan los 35 mdp, entre otros requisitos más.
La entrada de este régimen se da, entre otros factores, porque más de 2 millones de personas morales constituidas como micro, pequeñas y medianas empresas, promueven la activación económica e impulsan la competitividad, de acuerdo con censos económicos e información de los padrones del SAT.
¿Cuáles son los beneficios del RESICO?
A partir de 2022, las personas que se encuentren en este nuevo esquema deberán tributar entre el 1 y el 2.5 por ciento de sus ingresos. Sin embargo, debido a la reducción del porcentaje de ISR, los contribuyentes no podrán deducir gastos.
Sobre esto, el SAT detalló que la tasa efectiva del Impuesto Sobre la Renta (ISR) para personas físicas fue de 25.4 por ciento durante el año 2020, es decir, 10 veces más que la tasa máxima del RESICO.
Este régimen utilizará como base gravable los ingresos facturados y cobrados, lo que permitirá disminuir la labor contable del contribuyente y la necesidad de apoyarse con servicios especializados. La autoridad fiscal, como ya lo realiza, ofrecerá la información de la declaración anual precargada en su portal para ser cotejada y pagada.
Lo anterior, también permitirá que los beneficiarios del RESICO cuenten con mayor flujo de efectivo para sus gastos inmediatos, ya que contrasta con el método tradicional (antes del año 2022) en el que los impuestos se pagan sobre los montos facturados, aún y cuando no hayan sido cobrados efectivamente.
Por otra parte, las empresas al comprar maquinaria y ciertas inversiones que utilizan para su actividad pueden deducir el gasto para pagar menores impuestos. Con el nuevo Régimen Simplificado de Confianza seguirán deduciendo, pero en menor tiempo y con mayores tasas.
¿Cuáles empresas no califican para el RESICO?
Las personas morales que no califican para entrar al RESICO son las que cuentan con uno o ms socios, accionista o integrantes que participan en otras sociedades mercantiles; con control de la sociedad, poder administrativo o como parte relacionada.
También las que realicen actividades a través de fideicomiso o asociación en participación, además de quienes dejen de tributar en el Régimen Simplificado de Confianza.
Quienes tampoco pueden entrar al RESICO son quienes por las actividades que realicen deban tributar como:
Instituciones de crédito en el Régimen General de Ley.
En el Régimen Opcional para Grupo de Sociedades.
En el Régimen de los Coordinados.
En el Régimen de las Actividades Agrícolas, Ganaderas, Silvícolas y Pesqueras.
En el Régimen de las Personas Morales con Fines no Lucrativos.
En el Régimen de Sociedades Cooperativas de Producción que optan por diferir sus ingresos.
Fuente: SAT, artículo 113 de la Ley de lSR.