Se amplía plazo para cancelar CFDI de ejercicios previos

Se dio prórroga para cancelación de CFDI de ejercicios previos

A través de la segunda versión anticipada de la cuarta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMRMF), se amplió al 31 de diciembre el plazo para que los contribuyentes puedan llevar a cabo la cancelación de CFDI de ejercicios anteriores, cuando se cumpla con los siguientes supuestos:

  • Presenten la declaración o las declaraciones complementarias correspondientes, dentro del mes siguiente a aquel en que se lleve a cabo la cancelación.

  • Cuenten con buzón tributario activo.

  • Cuenten con la aceptación del receptor.

  • Cuando la operación que ampare el CFDI cancelado subsista, el contribuyente haya emitido un nuevo CFDI de acuerdo con las guías de llenado de CFDI que corresponda.

Fuente: 2da. versión anticipad 4ta. RMRMF 2022.

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