¿Cuáles son las deducciones de nómina?

La nómina de los trabajadores en México se entiende como el salario que reciben por la labor productiva que realizan, que puede incluir percepciones adicionales como bonos, pagos de horas extra y otros conceptos.

A estos ingresos, cuando se encuentran en la formalidad, se les realizan deducciones; algunas de ellas de manera obligatoria y otras opcionales, que incluyen el pago de impuestos, aportaciones a la seguridad social y el pago de gastos relacionados con el trabajo.

El monto de éstas varía dependiendo del salario del empleado, las prestaciones que recibe y lo que establecen las diferentes leyes mexicanas, federales y estatales. Los empleadores son los encargados de hacer las retenciones y entregarlas a las instituciones correspondientes.

La nómina de los trabajadores en México se entiende como el salario que reciben por la labor productiva que realizan

El salario bruto representa el monto total que un empleado gana antes de que se realicen las deducciones. Incluye la suma de todos los pagos y beneficios que el empleador acuerda con el trabajador, como sueldo base, bonificaciones, comisiones y prestaciones adicionales. Por otro lado, el salario neto se refiere al monto que el empleado recibe efectivamente después de los descuentos. El salario neto es el dinero que el trabajador percibe y sobre el cual puede disponer libremente para sus gastos y ahorros personales.

Estas deducciones son un componente importante del proceso de recaudación de impuestos y contribuciones, y tienen como objetivo financiar programas y servicios públicos, así como proporcionar prestaciones y protección social a los empleados.

Las que se realizan de manera obligatoria a la nómina son:

Pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR): se aplica a los ingresos obtenidos por una persona física o moral y su tasa está contemplada en el Artículo 152 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

Aportaciones de seguridad social: son las que se realizan al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para el acceso a servicios de salud y fondo para el retiro. Estas aportaciones se dividen en diferentes seguros comprendidos en el régimen obligatorio de la Ley del Seguro Social (LSS) que son:

1.       Riesgos de trabajo.

2.       Enfermedades y maternidad.

3.       Invalidez y Vida.

4.       Retiro, cesantía en edad avanzada y vejez

5.       Guarderías y prestaciones sociales

Para conocer a mayor profundidad sobre estos seguros, te recomendamos que leas el blog sobre los usos del Salario Base de Cotización (SBC).

Créditos

Pagos por créditos solicitados al Infonavit: son las aportaciones dirigidas al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) para que las personas puedan acceder a una vivienda o hacer renovaciones.

Pagos por créditos solicitados al Infonavit: son las aportaciones dirigidas al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) para que las personas puedan acceder a una vivienda o hacer renovaciones.

De manera permanente, los patrones realizan bimestralmente aportaciones a este fondo equivalente al 5% del SBC del trabajador, según lo contemplado en el artículo 29 fracción II de la Ley del Infonavit, para que los colaboradores puedan solicitar un crédito.

En caso de que se haya solicitado, el artículo 29 fracción III de la Ley de Infonavit señala que los patrones son los encargados de hacer las retenciones, y el artículo 97 fracción III y artículo 110 fracción III de la Ley Federal del Trabajo (LFT) establece el límite para las deducciones, el cual no podrá superar el 20% del salario.

Pagos por créditos solicitados al Fonacot: estas aportaciones son destinadas al Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores (FONACOT) cuando se solicita un crédito para la adquisición de bienes de consumo o al pago de servicios.

Los artículos 97 fracción III, 103 BIS y 110 fracción VII de la LFT contemplan estas aportaciones, las cuales deberán ser aceptadas libremente por los trabajadores y no podrán exceder del 20% de su salario.

Otras deducciones

El artículo 110 de la LFT contempla otras deducciones que se pueden realizar, como son:

El artículo 110 de la LFT contempla otras deducciones que se pueden realizar, como son pago de deudas contraídas con el patrón por anticipo de salarios, entre otras

-          Pago de deudas contraídas con el patrón por anticipo de salarios; pagos hechos con exceso al trabajador; errores; pérdidas; averías o adquisición de artículos producidos por la empresa o establecimiento.

-          La renta de una habitación proporcionada por el empleador.

-          Pago de cuotas para la constitución y fomento de sociedades cooperativas y de cajas de ahorro, siempre que los trabajadores manifiesten expresa y libremente su conformidad.

-          Pensiones alimenticias en favor de acreedores alimentarios, decretado por la autoridad competente.

-          Pago de las cuotas sindicales ordinarias previstas en los estatutos de los sindicatos.

Es importante ubicar y cumplir de manera correcta con las deducciones de nómina para evitar sanciones de parte de la autoridad por posibles omisiones que pudieran darse.

 

Con información de Ley de ISR, LSS, Ley de Infonavit y LFT


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