Resolución del Poder Judicial limita al SAT en fiscalización de terceros

Una resolución del Poder Judicial de la Federación limitó las facultades del Servicio de Administración Tributaria (SAT) para solicitar la información de terceros no involucrados en una auditoría fiscal y obtener datos como el RFC, nombre y teléfono.

Una resolución del Poder Judicial de la Federación limitó las facultades del Servicio de Administración Tributaria (SAT) para solicitar la información de terceros no involucrados en una auditoría fiscal y obtener datos como el RFC, nombre y teléfono.

Miguel Ángel Tavares, presidente de la Comisión Técnica Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de México (CCPM), indicó que esta resolución solo es aplicable al caso específico, sin embargo, puede ser utilizada como defensa en otros procedimientos.

La jurisprudencia establece que la información personal de terceros no debe considerarse parte de la contabilidad fiscal que deben mantener las empresas, por lo que el SAT carece de facultades para pedir dicha información. 

El dirigente mencionó que esto tendrá un impacto relevante en los procesos de fiscalización en curso, ya que limita las amplias facultades que el SAT ha ejercido en sus auditorías fiscales.

Consideró que la resolución beneficiará a los contribuyentes al evitar que se les solicite información adicional a la estrictamente necesaria como parte de su contabilidad fiscal. 

Es importante destacar que esta resolución no afecta al SAT en su investigación del cumplimiento de las obligaciones fiscales de un contribuyente, ya que debe apegarse a la contabilidad de este. 

En caso de requerir información de clientes o proveedores que no esté relacionada con el contribuyente, existen mecanismos legales para solicitarla directamente a dichos terceros.


Con información de Incomex

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