Proponen modificaciones para reforzar vigilancia de cumplimiento del REPSE

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) busca fortalecer la vigilancia y métodos de control respecto a la subcontratación en empresas, por lo que presentó un anteproyecto a la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer) para implementar varias medidas.

El documento contempla modificaciones a las disposiciones de carácter general para la verificación del cumplimiento del Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE).

Se busca fortalecer la vigilancia de la subcontratación de personal

Por una parte, se agregan dos causales para la negación de la inscripción al REPSE: por advertirse incumplimientos a la Ley Federal del Trabajo (LFT) en materia de subcontratación y por identificarse incumplimiento a las condiciones de trabajo, establecidas en la Ley. 

Además, adiciona cuatro nuevas causas por las que la autoridad laboral puede dar de baja a las personas del REPSE:

  • Cuando se detecte que los datos o documentos aportados durante el desahogo de las visitas resulten diferentes o imprecisos con respecto a los ingresados en la plataforma.

  • Proporcionar información falsa o documentos apócrifos durante las visitas, sin perjuicio de las acciones legales a que haya lugar.

  • Por incumplimientos a la LFT en materia de subcontratación.

  • Por identificarse incumplimiento a las condiciones de trabajo, establecidas en la LFT. 

En la vigilancia

También se propone que durante la vigilancia, las autoridades laborales podrán solicitar toda la información y documentación que permita corroborar el cumplimiento en materia de subcontratación y del REPSE. 

Parte de la propuesta agrega razones para cancelar el REPSE

Esto, a través de la adición del Capítulo III Bis, denominado De la vigilancia en materia del registro, y que estaría a cargo de la Unidad de Trabajo Digno, por conducto de la Dirección General de Inspección Federal del Trabajo.

De entrar en vigor, los inspectores laborales estarían facultados para verificar: 

  • Que las personas físicas y morales estén inscritas en el REPSE.

  • Que la información proporcionada para el registro coincida con las condiciones reales del centro de trabajo.

  • Que las actividades realizadas como objeto del contrato no formen parte del objeto social y/o de la actividad económica preponderante de la beneficiaria.

  • Que cuenten con los contratos para la prestación de servicios u obras especializadas de conformidad con lo dispuesto en la normatividad aplicable.

  • Que se dé cumplimiento a las condiciones de trabajo determinadas en la LFT.

  • Que los trabajadores no realicen actividades que formen parte del objeto social y/o la actividad económica preponderante de la empresa beneficiaria.

  • Que los trabajadores se encuentren debidamente identificados. 

También se contemplan modificaciones al REPSE y cancelación voluntaria

En caso de identificar incumplimientos en cualquiera de las partes, se deberá solicitar el inicio del procedimiento administrativo correspondiente y cuando resulte aplicable el procedimiento de cancelación.

También señala que la Unidad de Trabajo Digno podrá emitir criterios para la ejecución de acciones de inspección en materia de subcontratación, con la finalidad de facilitar la vigilancia.

Cancelación voluntaria y modificaciones

También se agregaron deposiciones para la cancelación voluntaria y modificación al registro en el REPSE. Las personas inscritas podrán solicitar en cualquier momento la cancelación de su aviso de registro por así convenir a sus intereses; y además podrán solicitar a través de la plataforma el modificar o actualizar las actividades inscritas o agregar nuevas actividades, siempre que formen parte del objeto social en caso de personas morales o de la constancia de situación fiscal en caso de personas físicas. 

Otros cambios

El documento también contiene cambios en los documentos que los interesados deben presentar para el registro, como lo es la aclaración de que el comprobante de nómina a presentarse en formato PDF deberá ser el más reciente.

Aunado a esto, se requiere que las personas físicas y morales proporcionen el último comprobante del Sistema Único de Determinación (SUA) emitido por el IMSS.

Finalmente, la autoridad laboral podrá solicitar también a las empresas beneficiarias la información o documentación adicional para corroborar y validar la información y documentación proporcionada por la empresa solicitante.

Descarga el anteproyecto en este enlace.

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