¿Qué pasa si no atiendo una solicitud de cancelación de CFDI?

Se recomienda revisar diariamente el Buzón Tributario

De acuerdo con el artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación (CFF), un contribuyente puede solicitar la cancelación de un CFDI que corresponda al ejercicio fiscal en curso cuando existan errores o vicios en su emisión, pero debe de solicitarlo al receptor y presentar las pruebas que demuestren dicho error en el documento al Servicio de Administración Tributaria (SAT).

En ese sentido, la regla 2.7.1.34. de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2022 establece un plazo de máximo tres días para atender esta solicitud.

“El receptor del CFDI recibirá un mensaje a través del buzón tributario indicándole que tiene una solicitud de cancelación de un CFDI, por lo que deberá manifestar a través del Portal del SAT, a más tardar dentro de los tres días siguientes contados a partir de la recepción de la solicitud de cancelación de CFDI, la aceptación o negación de la cancelación del CFDI”, indica la regla.

En caso de no manifestar la aceptación o rechazo en el plazo establecido, el SAT considerará la solicitud como aceptada.

Cabe destacar que, cuando se dé una cancelación, tu proveedor tiene la obligación de generar un nuevo comprobante que contenga la referencia de sustitución a la factura original.

De igual manera, debes solicitar el remplazo después de la cancelación del CFDI, ya que no contar con este documento puede afectar tu contabilidad y poner en riesgo tu devolución de IVA a favor en caso de una revisión directa de la autoridad.

Asimismo, te recordamos que la cancelación de CFDI no requerirá tu autorización siempre que:

  • Amparen montos totales de hasta $1,000.00 (mil pesos 00/100 M.N.).

  • Por concepto de nómina, únicamente en el ejercicio en que se expidan.

  • Por concepto de egresos.

  • Por concepto de traslado.

  • Que amparen retenciones e información de pagos.

  • Cuando la cancelación se realice dentro del día hábil siguiente a su expedición.

  • Entre otros supuestos señalados en la regla 2.7.1.35 de la RMF.

Con base en lo anterior, te recomendamos revisar diariamente tu Buzón Tributario a fin de enterarte con oportunidad sobre las solicitudes y notificaciones relacionadas con cancelaciones de CFDI que hagan tus proveedores.

Para ello, ponemos a tu disposición la plataforma Mi Buzón Tributario, que te permitirá revisar y gestionar las notificaciones y comunicados que te envíe el SAT, como las solicitudes de cancelación, evitando la saturación que presenta en ocasiones el portal de este organismo.

Da clic aquí para conocer más características de esta herramienta que te ayudará a administrar la contabilidad de tu empresa.

Fuente: RMF 2022.

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