SAT anuncia facilidades para Resico, inscripción a RFC, e.firma y más

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer algunas facilidades para los contribuyentes que se encuentran en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), además de modificaciones para facilitar trámites a los contribuyentes, referentes al RFC y firma electrónica.

En este blog te explicamos de qué tratan y cuáles son los nuevos beneficios.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer algunas facilidades para los contribuyentes que se encuentran en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO)

Trámites del RFC y e.firma

En un comunicado el SAT detalló que ya no se requiere realizar la preinscripción en el Portal del SAT para la inscripción en el RFC de personas físicas y morales.

Para tramitar el RFC y e.firma de personas físicas, solo se debe presentar la credencial para votar vigente expedida por el INE con domicilio visible y completo. Ya no es necesario presentar la CURP y comprobante de domicilio.

Además, la renovación de la e.firma de personas físicas que tenga menos de un año vencida, puede realizarse el trámite en línea y, en caso de hacerlo en oficinas del SAT, únicamente se debe presentar una memoria USB al identificarse con la huella digital.

Constancia de Situación Fiscal

Entre las modificaciones también se encuentra la facilidad de obtener la Constancia de Situación Fiscal en las oficinas del SAT, solo con la huella digital o credencial para votar. Así como desde cualquier lugar a través del Portal del SAT, SAT ID, SAT Móvil, Chat y Oficina Virtual.

También se habilita la Cédula de datos fiscales, una nueva herramienta para que los contribuyentes puedan consultar de manera práctica datos como nombre, RFC, régimen fiscal y código postal. La consulta se puede hacer en: https://www.cloudb.sat.gob.mx/datos_fiscales/ 

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Facilidades a RESICO

Los contribuyentes que tributan en este régimen quedan exentos de presentar declaración anual y únicamente tienen que presentar pagos mensuales.

Los contribuyentes dedicados a la agricultura, ganadería, pesca y actividades silvícolas que sean socios o accionistas de uniones de crédito, ahora pueden tributar en este régimen.

Además, las personas físicas que salieron del RESICO pueden volver al mismo al presentar un caso de aclaración, o bien, un aviso de actualización de actividades ante el SAT.

El SAT refrendó su compromiso de agilizar los trámites y de dar una mejor atención al contribuyente de manera presencial y remota.

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