¿En qué consiste el Programa de Vigilancia Profunda del SAT?

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El Sistema de Administración Tributaria (SAT) tiene diversas estrategias para impulsar que los contribuyentes estén al día con su situación fiscal y entre ellas se encuentra el Programa de Vigilancia Profunda.

¿En qué consiste este programa? 

El SAT explica que busca orientar a los contribuyentes para que rectifiquen omisiones, diferencias e inconsistencias que hayan sido detectadas en declaraciones e información de los registros institucionales, tanto propias como de terceros. Lo anterior, mediante el uso de modelos tecnológicos de riesgo. 

Para ello, realiza una revisión de la información y, en caso de detectar algo, notifica a los contribuyentes por medio de correo electrónico, Buzón Tributario o llamada telefónica para tener una entrevista de vigilancia profunda, según las facultades plasmadas en el artículo 33 del Código Fiscal de la Federación (CFF).

La información revisada es obtenida por el fisco a través de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) timbrados, la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT), declaraciones anuales, pagos, entre otras fuentes más como lo es la correlación de datos y esquemas de colaboración con otras instituciones públicas

Esta entrevista es realizada por la Administración Desconcentrada de Recaudación y puede darse en dos modalidades: 

·         Presencial en una de las instalaciones de la administración.

·         Digital por medio de la herramienta Microsoft Teams.

El personal del SAT explicará las omisiones, diferencias o inconsistencias que identificó en el cumplimiento de obligaciones fiscales y brindará orientación para realizar las correcciones o aclaraciones que sean pertinentes, en un plazo de 10 días hábiles posteriores al encuentro.

Para regularizar su situación, los contribuyentes pueden presentar las declaraciones y pagos que correspondan, o bien, presentar una aclaración ante la autoridad que emita la acción.

El SAT detalló que aunque se esté al corriente en las obligaciones fiscales, se puede ser objeto de una invitación de este programa, pues puede que se haya detectado alguna irregularidad, comportamiento atípico, diferencias, o bien, inconsistencias entre los datos declarados y la información que existe en las bases institucionales.

El CFF en el artículo 33, inciso 1, fracción i), indica que cuando la autoridad fiscal se comunique por medio de programas de regularización voluntaria, no se considera que las autoridades fiscales inician el ejercicio de sus facultades de comprobación. Dichos programas no son vinculantes y se desarrollarán conforme a las reglas de carácter general que emita dicho órgano desconcentrado.

Esto quiere decir que no es obligatorio asistir a la entrevista, pero, es recomendable hacerlo para conocer la información que está revisando la autoridad. Además se evitan procesos posteriores que sí pudieran desembocar en facultades de comprobación, imposición de multas o créditos fiscales.

El SAT resaltó que en caso de solicitar una entrevista de vigilancia profunda, en ningún caso solicitará depósitos a cuentas bancarias o pagos en efectivo para la realización de un trámite o servicio, pues los pagos de contribuciones siempre se realizan mediante una línea de captura emitida por su cuenta.

Recomendó que ante cualquier irregularidad, se denuncie a los siguientes contactos:

MarcaSAT 55 627 22 728.

Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

SAT Móvil – Aplicación para celular, apartado Quejas y Denuncias.

Quejas y Denuncias SAT: 55 8852 2222. Internacional: 1-877 44 88 728.

Puedes presentar tu queja o denuncia las 24 horas del día, los 365 días del año.


Fuente: SAT

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